Fundamental desarrollar mejores prácticas en materia de archivonomía, a fin de garantizar el acceso a la verdad y la justicia
La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) genera, sistematiza y concentra información confidencial como lo son los datos personales, pero simultáneamente cumple con la función de garantizar a todas las víctimas de delitos y de violaciones a los derechos humanos, sin excepción, el derecho a la verdad y a la trasparencia, afirmó su Comisionado Presidente, Jaime Rochín del Rincón.
Durante su participación en el Seminario Internacional “El Acceso a los Archivos Confidenciales Históricos”, realizado por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), en coordinación con el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM, aseguró que es un deber del Estado alentar la conservación y el acceso a los archivos, la memoria histórica y la divulgación de la verdad.
“La CEAV acompaña a todas aquellas personas que han visto violentados sus derechos humanos o que han sido víctimas de delitos graves en su camino para acceder a la justicia, la cual engloba garantizar su derecho a la verdad, a la no impunidad y a la reparación integral del daño. Estas medidas incluyen, además, la obligación de reconocer y devolverles su dignidad y disponer todo lo necesario para que las circunstancias que desencadenaron el delito o la violación a los derechos humanos no vuelvan a repetirse. Sin estos tres elementos, no se puede hablar de un verdadero acceso a la justicia”, señaló.
Agregó que es de fundamental importancia el desarrollo de mejores prácticas en materia de archivonomía, pues no son pocas las ocasiones en las que la falta de metodologías avanzadas en materia de clasificación, organización y conservación documental, se convierten en una obstrucción tanto al acceso a la verdad, como al acceso a la justicia.
En la mesa de discusión sobre mejores prácticas internacionales en materia de archivos, el Comisionado Presidente de la CEAV destacó la gran cantidad de estudios y posturas sobre el tema desde la óptica de la defensa de los derechos de las personas en situación de víctima, entre las que se encuentran la Declaración Universal sobre los Archivos de la UNESCO, adoptada por la Asamblea General del Consejo Internacional de Archivos en septiembre de 2010; el Estudio Especial sobre el Derecho de Acceso a la Información, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos emitida en 2011; y las mejores prácticas recogidas y reconocidas tanto por la Asociación Latinoamericana de Archivos, como por el Consejo Internacional de Archivos, instituciones a las que pertenece el Archivo General de la Nación.
Rochín del Rincón enfatizó que “por mandato de la Ley General de Víctimas, la CEAV se instituye como garante del derecho a la verdad y la memoria histórica, toda vez que se establece, en el artículo 19 del ordenamiento de referencia, que las víctimas tienen el derecho imprescriptible a conocer la verdad y a recibir información específica sobre las violaciones de derechos o los delitos que las afectaron directamente, incluidas las circunstancias en que ocurrieron los hechos”.
Por ello, dentro de su compromiso para cumplir con lo que mandata la Ley, la CEAV cuenta con instrumentos para recopilar y sistematizar información como lo son el Formato Único de Declaración y el Registro Nacional de Víctimas.
En la mesa de análisis estuvieron también presentes Francisco Ibarra Palafox, Secretario Académico del IIJ de la UNAM; Froylán Enciso Higuera, investigador y escritor; Rafael Coello Cetina, Secretario General de Acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); y David Mora, Oficial Adjunto del Proyecto Derecho a la Verdad de Artículo 19.