El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) dio cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y por unanimidad registró la fórmula integrada por Kenia Palacios Ovando y Jenndy Mariela Girón de León como candidata propietaria y suplente, respectivamente, a diputadas federales por el principio de Mayoría Relativa postuladas por la Coalición Va por México para contender en el *distrito 07 de Tonalá, Chiapas*.
En sesión extraordinaria virtual se explicó que el pleno había negado el registro a esta candidatura en razón de que fue presentada de manera extemporánea, además de que se negó la sustitución basándose en el argumento relativo al género, lo que fue impugnado por el Partido Acción Nacional (PAN) y las candidatas involucradas.
Se comprobó que las personas mencionadas acreditan contar con una discapacidad permanente, no fueron localizadas en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género y que el distrito pertenece al bloque del 20 por ciento de los de menor competitividad.
Por ello, el Consejo General del INE sesionó para registrar la fórmula de candidatas integrada por Palacios Ovando y Girón de León por el principio de Mayoría Relativa postuladas por la Coalición Va por México para contender en el distrito 07 de Tonalá, Chiapas.
La Consejera Claudia Zavala Pérez aclaró que el problema fue que el partido presentó esta candidatura de forma extemporánea, por lo que llamó a los partidos políticos a que cumplan con los plazos establecidos.
“El INE no sólo registra una candidatura, la sentencia focaliza el tema a una fórmula de candidatas, pero el INE tiene un sistema muy complejo para revisar el cúmulo de candidaturas en los tiempos establecidos y ese fue el problema, que el partido lo presentó de forma extemporánea”, agregó.
Reconoció que a unos días de que concluyan las campañas, ésta es una lección para que los partidos políticos cumplan con las formalidades “que dan equilibrio e igualdad de posibilidades a los contendientes”.
Para el Consejero Uuc-kib Espadas Ancona el fallo es justo y legal en términos de equidad, del reconocimiento político a las mujeres que, haciendo partido, quieren hacer democracia.
Explicó que el Tribunal reconoce el valor democrático de quienes hacen vida partidista más allá de sus posibilidades de ganar o perder, “cuando alguien pelea por un distrito clasificado como poco competitivo, esta persona busca algo más que un cargo de elección popular”.
La Consejera Carla Humphrey Jordan reiteró que el registro se negó porque se presentó de manera extemporánea “no cumpliendo con la ley y, por tanto nosotros no podíamos registrar una candidatura que no cumplió con los plazos establecidos con su registro porque estaríamos violentando el principio de legalidad y de equidad en la contienda”.
Lamentó que el Tribunal no haya abordado el tema de la extemporaneidad en la presentación de la fórmula por el que se negó el registro.
La Consejera Dania Ravel Cuevas se refirió a la modificación en el criterio de género que ayudará en el futuro, porque ya se había referido esta posibilidad que se pusiera a más mujeres en los bloques de competitividad más bajos.
“Sí vemos la posibilidad de que más mujeres se inscriban en los bloques de competitividad más bajos. Yo estoy convencida que no podíamos hacerlo en este proceso electoral derivado que teníamos una prohibición expresa, pero este criterio cambia esta posibilidad de hacer adecuaciones en el futuro a favor de las mujeres”, aseguró.
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